La autoridad de aplicación de la Ley Plan Marco de Políticas de Derechos y Diversidad Sexual -N° 2957- respecto al Consejo Consultivo Asesor Honorario establecido en el artículo 5° constituido hasta la fecha por representantes de organizaciones no gubernamentales reconocidos por su defensa de los derechos de personas LGTB con actividad en la Ciudad de Buenos Aires, a partir de la sanción de este jueves deberá incorporar cuatro representantes de la Legislatura, uno/a por cada universidad pública con sede en el territorio de la ciudad, que cuente con programas de formación, centros de investigación o proyectos de investigación en los temas tratados en esta política, dos representantes del Poder Ejecutivo, uno/a de la Defensoría del Pueblo y otro/a del Consejo de la Magistratura de la Ciudad.
En tanto, el Consejo Consultivo Asesor Honorario establecido en el artículo 13° de la Ley N° 4376 – Política Pública para el reconocimiento y ejercicio pleno de la ciudadanía de las personas Lesbianas, Gays, Trans, Bisexuales e Intersexuales (LGTBI) deberá incorporar a cuatro representantes de la Legislatura y representantes de ONGs reconocidos por su defensa de los derechos de personas LGTB con actividad en la Ciudad de Buenos Aires. Hasta el momento el consejo estaba integrado solo por dos representantes del Poder Ejecutivo, uno/a de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, otro del Consejo de la Magistratura y uno/a por cada universidad pública con sede en el territorio de la ciudad.
«La Ciudad de Buenos Aires cuenta con políticas públicas como: la Ley Antidiscriminación, Casa Trans, el Paseo de la diversidad en la Plaza Roberto Arlt, la Ley de Sangre, Marcha del orgullo LGTBI, Bachillerato Popular Mocha Celis y , entre otras la denominación de la estación Carlos Jáuregui de la Línea H», recordó en los fundamentos el autor de la iniciativa aprobada sobre tablas, diputado Maximiliano Ferraro (VJ).