La Comisión de Comunicaciones e Informática de la Cámara de Diputados se reunirá mañana para analizar y posiblemente dar dictamen a un proyecto de consenso que reúne dos iniciativas para modificar la Ley 26.485 sobre Protección Integral a las Mujeres con el fin de incorporar la figura de la «violencia digital».
El proyecto será tratado en el marco de una reunión convocada para las 10 en la sala 3 del Anexo A de la Cámara baja.
La iniciativa cuenta con el aval de la Comisión de Mujeres, Género y Diversidad, y en caso de ser aprobada en la Comisión de Comunicaciones, que preside Pablo Carro (Frente de Todos), quedaría en condiciones de pasar al recinto.
El texto de consenso al que arribaron los legisladores, denominado «Ley Olimpia Argentina» en reconocimiento a la activista mexicana Olimpia Coral Melo, propone reformar la ley de Género y contempla un proyecto de la diputada del oficialismo Mónica Macha y una iniciativa similar presentada por Danya Tavela, de Evolución Radical.
La iniciativa fue presentada en julio pasado en un encuentro que contó con la presencia de la exministra de Mujeres y Diversidad Elizabeth Gómez Alcorta, el espacio de víctimas «Ley Olimpia Argentina» y la organización Género y TIC.
Esas organizaciones de la sociedad civil, reunidas en una «campaña contra la violencia digital», vienen llevando adelante un trabajo de recolección de firmas en reclamo de la sanción de esta normativa, que lleva reunidas más de 34.000 adhesiones (LINK).
El proyecto de violencia digital plantea que se entiende por violencia contra las mujeres «toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, en el plano analógico o virtual, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal».
La iniciativa establece la implementación de «un servicio multisoporte, telefónico y digital gratuito y accesible, en forma articulada con las provincias, a través de organismos gubernamentales pertinentes, destinado a dar contención, información y asesoramiento sobre recursos en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia a quienes la padecen, incluida la modalidad de violencia contra las mujeres en el espacio público» conocida como «acoso callejero».
Asimismo, plantea la obligación de promover programas de alfabetización digital, buenas prácticas en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y de identificación de las violencias digitales en las clases de educación sexual integral como en el resto de los contenidos educativo y en la formación docente.
La Ley Olimpia es originalmente una ley mexicana impulsada por la activista Olimpia Coral Melo, que aborda los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y sanciona la difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo.
Campaña contra la violencia digital
En estas líneas queremos compartirte los puntos más sobresalientes de nuestros proyectos Ley Belén y Ley Olimpia Argentina para que los evalúes y consideres brindar tu apoyo a los mismos. Ambos tienen como finalidad incorporar y sancionar algunas formas de la violencia de género digital a nuestro ordenamiento jurídico.
Según la relatora especial de la ONU, la ciberviolencia se define como “violencia contra las mujeres, facilitada por la tecnología de la información y la comunicación (TIC)”. A pesar de la creencia popular de que las agresiones virtuales no son tan severas como una agresión presencial, estudios locales e internacionales con sus respectivas estadísticas han demostrado que las consecuencias para las sobrevivientes son tan contundentes como en los casos de violencia analógica. La violencia en línea se ha exacerbado durante la Pandemia, y la digitalización de todas nuestras prácticas cotidianas vuelven invaluable nuestra presencia en el mundo digital y uno de los efectos de estas agresiones es silenciar y atacar determinadas voces para que se retiren de estos espacios. Hoy en día se estima que 1 de cada 3 mujeres ha sido atacada mediante las TIC. Por eso sabemos y sostenemos que lo virtual es real, y por eso es que necesitamos la aprobación de estos proyectos.
La Ley Belen, busca la incorporación al Código Penal Argentino de los delitos de obtención y difusión no consentida de material íntimo y/o de desnudez, de los “porn deep fake” (montajes de la cara de una determinada persona sobre un material pornografico) y del delito de extorsión con la difusión de dichos materiales. Nuestro proyecto tiene agravantes por casos de violencia de género y cuando se agrede a una persona por su orientación sexual e identidad o expresión de género.
El texto se inspira en La ley Olimpia Mexicana y lleva, a modo de homenaje el nombre de Belén San Roman, víctima de difusión no consentida de material íntimo, quien fue inducida al suicidio en diciembre del 2020 en la Ciudad de Bragado, Provincia de Buenos Aires, tras no soportar la presión, la exposición y la vergüenza por la difusion sufrida. La familia de Belén quiere que su causa ayude a la sociedad a tomar consciencia sobre los daños que provoca la ciberviolencia de género.
Por otro lado, la Ley Olimpia Argentina propone incorporar la violencia de género digital como otra de las formas de violencia de género contempladas en la Ley 26.485, la creación de medidas de protección para las sobrevivientes y políticas públicas tendientes a la educación digital y la prevención de estas agresiones. Este proyecto también se inspira en la Ley Olimpia Méxicana. Olimpia Coral Melo es sobreviviente de difusión no consentida de material íntimo. Su causa consiguió la sanción de leyes en más de 20 estados mexicanos y a nivel federal, en una militancia que hoy en día es conocida en todo el mundo y que ha inspirado nuestro trabajo y a nuestras organizaciones.

